PROPUESTA PARA ASAMBLEA AFUP

CREAR INGRESOS PERMANENTES PARA EL FONDO DE MUTUALIDAD

ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS UNIVERSITARIOS PENSIONADOS, AFUP

JUNTA DIRECTIVA CENTRAL

Resumen:

El Fondo de Mutualidad de AFUP es un pilar fundamental de la Asociación, basado en los principios de solidaridad y apoyo mutuo. Ofrece servicios como el Subsidio Médico, Subsidio por Muerte y Apoyos Económicos (Préstamos). Sin embargo, la disminución de ingresos ordinarios, debido a la desafiliación, las defunciones, la incorporación de personas afiliadas con salarios más bajos, y el congelamiento de los ajustes salariales, ha puesto en riesgo su sostenibilidad. Para garantizar su continuidad, se propone establecer una cuota fija mensual de ₡1.000 por afiliado, destinando el 80% a los programas del Fondo y el 20% a su capitalización.

Nota: Esta propuesta fue aprobada por la Asamblea General de AFUP, en su sesión ordinaria del día 12 de marzo de 2025.


Resultando que:

  1. El Estatuto de AFUP establece la existencia del Fondo de Mutualidad (Artículo 61), cuyo propósito es mantener la solidaridad y el beneficio social de las personas afiliadas, garantizando un acceso equitativo a los servicios.
  2. La población afiliada ha envejecido significativamente, con un promedio de edad de 74.9 años y una mediana de 74.1 años, lo que implica que al menos el 50% de las personas afiliadas tienen 74 años o más, haciendo que los servicios del Fondo sean cada vez más esenciales.
  3. En años anteriores, se destinó una parte de los ingresos por cuotas de afiliación para crear una reserva inicial para el Fondo, la cual, hasta la fecha, no se ha utilizado para financiar su operación, sino que únicamente se ha capitalizado. Como resultado, el Fondo de Mutualidad ha dependido principalmente de los ingresos ordinarios de AFUP para ejecutar sus acciones, lo que ha representado una carga financiera constante para la organización.
  4. Actualmente, el Fondo cuenta con una reserva de ₡82.695.169,85 en depósitos a plazo, producto de la capitalización acumulada desde la asignación del 20% mencionada anteriormente.
  5. Un Estudio Actuarial del 2010 proyectó la viabilidad del Fondo por 50 años, pero no se implementaron sus recomendaciones, como la creación de una cuota fija para equilibrar ingresos y gastos.
  6. Los ingresos ordinarios de AFUP han disminuido debido a la desafiliación, las defunciones y la incorporación de personas afiliadas con salarios más bajos. Esta situación se ha visto agravada por la regla fiscal, que ha congelado los salarios de jubilación desde 2020. Ver gráfico sobre la disminución de ingresos.
  7. En la reunión No. 01-2025, la Comisión del Fondo de Mutualidad analizó la situación y recomendó utilizar ₡10 millones de las reservas para operar en 2025, mientras se busca una solución a largo plazo. La propuesta fue acogida por la Junta Directiva Central.
  8. La Junta Directiva Central aprobó, mediante el Acuerdo No. E-03-03-2025, presentar a la Asamblea General la propuesta de una cuota fija mensual de ₡1.000 por afiliado.

Fuente: Elaborado por el Dr. Vargas con base en los datos suministrados
por la Administración de AFUP, 2025


Considerando que:

  1. Desde su creación, el Fondo no ha contado con recursos propios sostenibles, dependiendo de los ingresos ordinarios de AFUP. Esto ha generado un desequilibrio financiero que ahora requiere medidas urgentes.
  2. El Fondo ha sido un apoyo esencial para las personas afiliadas, brindando Subsidios Médicos y Subsidios por Muerte. El programa de Apoyos Económicos (préstamos) se suspendió por falta de recursos y costos operativos. Sin embargo, si existieran fondos suficientes, podría reactivarse. En los últimos 20 años, se han invertido más de ₡230 millones en estos programas.
  3. La implementación de una cuota fija fue recomendada en el Estudio Actuarial de 2010, como la única forma de garantizar la sostenibilidad del Fondo a largo plazo.
  4. De no aprobarse la cuota, las alternativas son:
    • Cerrar el Fondo en 2026, eliminando un pilar fundamental de apoyo para las personas afiliadas.
    • Agotar las reservas actuales, lo que solo prolongaría su operación por un tiempo limitado antes de su inevitable cierre.
  5. La propuesta de la cuota fija ha sido analizada y respaldada por la Comisión del Fondo de Mutualidad, la Comisión de Presupuesto y Finanzas y la Junta Directiva Central, las cuales han concordado en que esta es la mejor solución a largo plazo.
  6. Dado que se establece una cuota fija mensual por afiliado, la Asamblea General de AFUP debe definir cómo se utilizarán los fondos recaudados para garantizar la sostenibilidad del Fondo de Mutualidad. Para ello, se deberá establecer que un porcentaje de los ingresos se destine a financiar los servicios del Fondo, asegurando su operatividad sin comprometer su estabilidad financiera.
  7. Asimismo, la Asamblea deberá establecer que un porcentaje de los fondos sea capitalizado, con el objetivo de aumentar la reserva financiera, permitiendo que, a mediano plazo, los intereses generados refuercen la operación del Fondo. No obstante, una parte de estos intereses deberá ser capitalizada para garantizar que la reserva mantenga su valor real y no se vea afectada por la devaluación del colón.

Por lo tanto, se propone que la Asamblea General de AFUP aprueba:

  1. Establecer una cuota fija mensual de ₡1.000 (mil colones) por afiliado, destinada exclusivamente como ingreso específico para el Fondo de Mutualidad.
  2. Asignar el 80% de los ingresos recaudados mediante esa cuota a la financiación de los programas del Fondo, incluyendo el Subsidio Médico, el Subsidio por Muerte y los Apoyos Económicos.
  3. Capitalizar el 20% restante del monto recaudado mediante la cuota en depósitos a plazo, asegurando que los intereses generados sean reinvertidos para fortalecer la sostenibilidad del Fondo.
  4. Autorizar que los fondos acumulados en la reserva puedan destinarse a Apoyos Económicos, únicamente si la Comisión del Fondo de Mutualidad lo propone y la Junta Directiva Central lo aprueba, previa reforma del reglamento. Dicha reforma deberá considerar la diversidad de regímenes de pensiones en la AFUP y contar con la revisión y aval de la Comisión de Normativa.
  5. Instruir a la Junta Directiva, para que en coordinación con la Comisión del Fondo de Mutualidad, la Comisión de Administración y Planificación y la Comisión de Presupuesto y Finanzas, evalúen y presenten a la Asamblea General, tras cinco años de acumulación, si los intereses generados por los depósitos a plazo de los fondos existentes antes de este acuerdo, así como los establecidos posteriormente y las Ayudas Económicas, permiten financiar una parte de la operación del Fondo o si es necesario continuar con el proceso de capitalización.
  6. Establecer que la Junta Directiva Central debe presentar un informe anual a la Asamblea General, en su sesión ordinaria de marzo, sobre la situación financiera del Fondo, la sostenibilidad del modelo en general y los resultados obtenidos en los servicios que presta el Fondo.